domingo, 13 de marzo de 2016

Mintur elimina para el 2016 el cobro de la contribución del Uno por Mil a establecimientos turísticos

Mintur elimina para el 2016 el cobro de la contribución del Uno por Mil a establecimientos turísticos

 
 
El Ministerio de Turismo decidió, para el 2016, fijar en tarifa cero el valor de la contribución del Uno por Mil, para todos los establecimientos turísticos del país; esto con el propósito de incentivar la actividad turística ecuatoriana.
 
La medida adoptada mediante Acuerdo Ministerial No. 20160007, está encaminada a conservar el empleo en el sector turístico, motivar la inversión para la mejora de los establecimientos turísticos; y, optimizar la calidad en la prestación del servicio para atraer más turistas al país.
En el país existen 25.514 establecimientos que cuentan con el registro turístico.
Adicionalmente, permitirá al sector turístico desarrollar estrategias de promoción para motivar a los ecuatorianos a recorrer y disfrutar los diversos destinos turísticos. Solo en el 2015 el turismo interno registró 12 millones de viajes.

La contribución se aplicaba sobre el valor de los activos fijos imponibles a todos los establecimientos turísticos del país. En este año los establecimientos turísticos del país, que están establecidos en el artículo 5 de la Ley de Turismo deben realizar las declaraciones correspondientes aplicando la tarifa cero. En el país existen 25.514 establecimientos que cuentan con el registro turístico.

Para realizar las declaraciones, los establecimientos turísticos deben ingresar a la plataforma del Sistema SIETE http://siete.turismo.gob.ec/ una herramienta que permite al prestador de servicios registrar nuevos establecimientos turísticos, actualizar información y realizar los pagos correspondientes a la contribución del Uno por Mil.


La disposición general del Acuerdo, señala que “aquellos establecimientos que hayan cancelado la contribución del Uno por Mil correspondiente al año fiscal 2016, tendrán derecho a solicitar una nota de crédito, que servirá para compensar tributos relacionados con la actividad turística….”.

Esta medida entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial, el Acuerdo Ministerial No. 20160007, suscrito el 29 de febrero de 2016.

MYV

No hay comentarios:

Publicar un comentario